Me han dado un golpe con el coche: pasos que no debes olvidar

Escrito por Comunicación Castillo Castrillón | Jan 27, 2026 2:27:37 PM

¿Qué medidas de seguridad he de tomar?

Si te han dado un golpe, lo primero que has de hacer es poner a salvo tu seguridad, la de los que viajan contigo como la del resto de usuarios de la vía. Comprueba el estado de tus acompañantes y, si alguien ha sufrido lesiones, llama a los servicios de emergencia e intenta socorrerle, es tu deber.

Señaliza el lugar del siniestro, con los triángulos de emergencia y la baliza V16 y, recuerda que, para bajar del vehículo, es necesario que portes el chaleco para resguardar tu propia vida.

¿Puedo mover a los lesionados o el vehículo?

No es recomendable mover a los heridos graves ni los vehículos siniestrados, evitarás producir mayores lesiones y su situación dará pistas de cómo se ha producido el accidente.

¿Qué datos y pruebas son necesarias para la reclamación?

Es importante que hagas fotografías de cómo han quedado los vehículos, los daños producidos, del lugar del accidente y que te fijes si hay cámaras de seguridad que hayan podido grabar cómo ha ocurrido. Dichas grabaciones serán prueba clave a la hora de hacer la reclamación.

Pero ojo, esas grabaciones no quedan guardadas durante mucho tiempo, salvo que el accidente haya sido muy grave y las autoridades recojan en el Atestado la necesidad de guardarlas. En casos de extrema gravedad, serán las propias autoridades quien recaben, de oficio, las grabaciones de empresas privadas o darán la orden al organismo público titular de las cámaras para que las guarde.

En caso de menor gravedad, cuando no hay lesiones y los daños se producen sólo en el vehículo, con independencia de su cuantía, serás tú mismo quien deberá solicitar a la autoridad judicial que pida las grabaciones mediante un procedimiento judicial de Diligencias Preliminares. Para ello necesitarás la asistencia de Abogado y Procurador.

El plazo de conservación de esas grabaciones estará comprendido entre 7 días y un mes, en función del sistema de cámaras instalado.

Lógicamente, también deberás recabar los datos del vehículo contrario, principalmente su matrícula, con ello podrás obtener si el conductor contrario no te lo facilita, los datos del titular y de la aseguradora del vehículo.

Será necesario, también los datos del conductor que te ha dado el golpe, de testigos que hayan podido presenciar el accidente, que incluirá su nombre y apellidos, DNI, dirección e incluso número de teléfono para poder contactar con ellos en caso necesario.

Si al lugar del accidente acuden ha acudido la Policía o Guardia Civil y efectúan atestado, en el mismo incluirán todos los datos de conductores implicados, viajeros de los vehículos afectados e incluso testigos, recabarán los datos de los vehículos y sus aseguradoras e, incluso, unirán al misma, si es posible rellenarlo en ese momento, la Declaración Amistosa de Accidente (DAA), más comúnmente conocida como parte amistoso. Si el siniestro no es asistido por las autoridades, deberá ser rellenado y firmado por los conductores implicados.

Este documento es muy importante, recoge los datos esenciales para formular la posterior reclamación, datos de los vehículos, información de los titulares y, conductores en el momento del accidente, de los testigos, de cómo se ha producido el mismo e inclusive se ha de hacer un croquis que lo explique y señalizar dónde han sufrido daños los vehículos. Cuidado al rellenarlo, porque en el mismo, si se hace indebidamente o desatendiendo las indicaciones, se puede reconocer la culpabilidad del accidente. Será este documento, entre otros, el que se deberá entregar a la Aseguradora para efectuar la reclamación.

En caso de duda para su cumplimentación, pide ayuda o no lo firmes.

Como puedes ver, a consecuencia de un despido, se pueden dar muchas variables y efectuar muchos trámites para ver resarcidos tus derechos, es importante contar con asesoramiento laboral cualificado para encauzar la reclamación por la vía adecuada, en Castillo Castrillón contamos con los mejores especialistas en Derecho Laboral y dilatada experiencia en la materia, que estarán siempre dispuestos a asesorarte.

Si mis acompañantes o yo hemos sufrido lesiones, ¿qué debemos hacer?

En el supuesto de sufrir lesiones en un accidente se pueden dar dos situaciones:

  1. Que las lesiones sean graves; en este supuesto se desplazará una ambulancia al lugar del accidente y te trasladará al Hospital, allí te examinarán y te ingresarán o te remitirán a tu domicilio con tratamiento. Es importante que efectúes seguimiento médico hasta la curación y que todo quede documentado, será dicha documentación e información la que servirá para determinar y cuantificar la indemnización que te corresponde por el accidente.

  2. Que las lesiones no sean graves; en este caso, serás tú o el lesionado, si es uno de tus acompañantes, quién deberá ir a urgencias para que documente la lesión y como se ha producido, determine el tratamiento e, igualmente, documentar el mismo para poder determinar con posterioridad el período de curación, sanidad, y las posibles secuelas que puedan quedar.

¿Cuánto tiempo hay para informar a mi compañía del accidente?

La Ley de Contrato de Seguros establece un plazo de 7 días desde que se produce el siniestro -accidente-. Lógicamente en ocasiones no se puede cumplir ese plazo, como puede pasar si has sufrido lesiones graves y estás hospitalizado. Ello no te priva de la cobertura, salvo que, por mala fe, hayas producido un perjuicio a la Compañía Aseguradora.

¿Qué plazo hay para reclamar a la Cia. Contraria por los daños y lesiones?

  • En ambos casos, el plazo legalmente establecido para reclamar es de 1 año, lo que varía es desde cuándo se cuenta ese plazo.
  • En el supuesto de daños materiales -en el vehículo-, el plazo se cuenta desde el accidente.
  • Si hablamos de daños corporales -lesiones-, el plazo del año empieza a contar desde que se produce la sanidad o alta médica de las mismas.

¿La reclamación de daños han de hacerla los abogados de mi aseguradora o puedo contratar abogados de mi confianza?

Por norma general, las pólizas de seguro incluyen la libre designación de Abogado y procurador para tu defensa y la de los viajeros de tú vehículo. La Aseguradora abonará sus honorarios hasta el límite pactado en póliza. De este modo te dan la posibilidad de contratar a los Abogados de tu confianza y que, seguro, estarán pendientes tanto de tu evolución médica, de que se valoren correctamente los daños materiales y la sanidad de las lesiones y reclamarán la mayor indemnización que te corresponde.