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Abogados especialistas en tramitación y aceptación de herencias

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En Castillo Castrillón Abogados resolvemos todos los pasos del procedimiento hereditario, desde la obtención del testamento hasta la aceptación o renuncia de la herencia, el inventario de bienes, la gestión de impuestos y la defensa frente a posibles conflictos entre herederos.

Nuestro despacho es experto en sucesiones y te acompañamos para garantizar la protección de tu patrimonio y la tranquilidad familiar.

¿Qué es la tramitación y aceptación de una herencia?

La tramitación de una herencia comprende todo el proceso legal, fiscal y notarial para adjudicar los bienes y derechos del fallecido a los legítimos herederos, cumpliendo la voluntad plasmada en el testamento o, si no existe, respetando la ley. La aceptación es el acto por el que el heredero adquiere formalmente la herencia, ya sea de forma expresa (ante notario) o tácita (actuando como propietario de los bienes).

Los problemas más comunes que se pueden encontrar en este tipo de trámites son:

  • Falta de acuerdo entre herederos
  • Impuestos y sanciones
  • Deudas superiores al valor de la herencia
  • Bienes en varias comunidades o el extranjero
  • Deudas sobre legítimas, legados o mejoras
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MOTIVOS HABITUALES POR LOS QUE SOLICITAR ASESORAMIENTO


Preguntas frecuentes sobre tramitación y aceptación de herencias

¿Qué ocurre si no hay testamento?

Se abre la sucesión intestada. El Notario determina quienes son los herederos forzosos a tenor de las disposiciones legales: primero hijos y descendientes, en su defecto, padres y ascendientes, con quienes concurre el cónyuge viudo y, a falta de familiares directos, finalmente cónyuge y otros familiares.

¿Puedo aceptar la herencia si existen deudas?

Sí, pero es importante analizar el activo y el pasivo. Puedes aceptar “a beneficio de inventario”, limitando tu responsabilidad patrimonial a los bienes heredados.

¿Cuáles son los pasos para tramitar una herencia?

1. Solicitud del certificado de defunción, últimas voluntades y seguros.
2. Localización del testamento (si lo hay).
3. Inventario y valoración de bienes y deudas.
4. Formalización ante notario y entrega de bienes según adjudicación.
5. Liquidación de impuestos y gastos hereditarios.
6. Inscripción de los bienes inmuebles a nombre de los herederos.

¿Puedo renunciar a una herencia después de aceptarla?

No. La aceptación es irrevocable y puede ser expresa (documentos formales) o tácita (actos que revelan voluntad de aceptar).

¿Cuánto tiempo tengo para aceptar o rechazar una herencia?

Legalmente no hay plazo, pero a efectos fiscales es importante no superar 6 meses desde el fallecimiento para evitar recargos en el Impuesto de Sucesiones. Transcurrido ese plazo deberás esperar cuatro años y medio para evitar las sanciones por no haber liquidado los impuestos en plazo.