Abogados especializados en acogimiento familiar
En Castillo Castrillón Abogados acompañamos y asesoramos en procesos de acogimiento familiar, siempre desde la prioridad absoluta del interés superior del menor.
Sabemos que el acogimiento es una medida delicada y compleja que afecta profundamente a menores, familias acogedoras y progenitores biológicos, por lo que te guiamos con rigor jurídico, sensibilidad y cercanía en todas las fases del procedimiento.
¿Qué es el acogimiento familiar?
El acogimiento familiar es una medida de protección de menores por la que un niño o niña, que no puede vivir temporalmente con su familia biológica, es cuidado por otra familia (familia acogedora) o por familiares extensos. A diferencia de la adopción, el acogimiento no rompe el vínculo jurídico con la familia de origen, sino que busca ofrecer estabilidad mientras se trabaja en su situación familiar o se decide una medida definitiva.
¿Qué diferencias hay entre acogimiento y adopción?
El acogimiento mantiene la filiación y patria potestad en la familia de origen (aunque se limite su ejercicio) mientras que la adopción crea una nueva filiación, rompiendo y sustituyendo la relación jurídica con la familia biológica.
El acogimiento es una medida de protección, pensada en muchas ocasiones como temporal y la adopción, en cambio, es definitiva.
Tipos de acogimiento familiar
- Acogimiento en familia extensa
El menor es acogido por familiares (abuelos, tíos, hermanos mayores…) - Acogimiento en familia ajena
El menor convive con una familia sin vínculo previo, previamente valorada y seleccionada - Acogimiento de urgencia o temporal
Para situaciones inmediatas y de corta duración - Acogimiento permanente
Cuando se prevé una convivencia a largo plazo, sin romper la filiación
¿EN QUÉ ÁREA DE FAMILIA NECESITAS QUE TE AYUDEMOS?
- Divorcios y separaciones Con o sin acuerdo, nacionales e internacionales.
- Modificación de medidas económico-matrimoniales Solicitud de revisión de pensión de alimentos, compensatoria u otras medidas económicas tras cambios sustanciales en la situación familiar o patrimonial, así como defensa frente a peticiones de modificación injustificadas.
- Filiación y reconocimiento o impugnación de paternidad Defensa integral en procedimientos reconocimiento o impugnación de paternidad, guiando en la obtención de pruebas documentales o biológicas necesarias.
- Custodia de hijos y pensión de alimentos Defensa eficaz de los derechos de padres, madres e hijos.
- Ejecución por incumplimiento de sentencia Reclamación ante situaciones de impago o incumplimiento de medidas previamente pactadas o impuestas, defensa ante reclamaciones injustas.
- Apoyo a personas con discapacidad e incapacidades (Ley 8/2021) Medidas de protección, incapacidades y representación legal.
- Acogimiento familiar Asesoramiento y defensa jurídica en procedimientos de acogimiento familiar, desde la valoración de idoneidad hasta la formalización y seguimiento de las medidas, garantizando siempre el interés superior del menor.
- Pensión compensatoria e indemnización por desequilibrio económico Adaptación a cambios económicos y personales tras un divorcio o separación, revisión y modificación de sentencias.
- Capitulaciones matrimoniales y régimen económico matrimonial Prevención y protección del patrimonio común e individual ante una posible y futura separación matrimonial.
- Medidas de protección de menores Solicitud y defensa de medidas urgentes o permanentes para garantizar la seguridad, estabilidad y bienestar de los hijos ante situaciones de riesgo, conflicto familiar o vulneración de sus derechos.
Preguntas frecuentes sobre el acogimiento familiar
¿Qué apoyo recibe la familia acogedora?
Depende de cada comunidad, pero suele incluir seguimiento psicosocial, formación y, en algunos casos, prestaciones económicas.
¿Puedo negarme a que el menor vuelva con su familia biológica si creo que no está preparado?
Se puede recurrir o solicitar revisión de medidas. Es fundamental analizar informes y defender siempre el interés del menor con base jurídica sólida.
¿Los padres biológicos pueden impugnar el acogimiento?
Sí, pueden solicitar revisiones, cambios o cese de medidas. En todos los casos, el juez y la administración valorarán el bienestar del menor por encima de todo.
¿Puede un acogimiento terminar en adopción?
En algunos casos sí, pero no es automático. La administración y el juzgado valoran la situación del menor, la evolución de la familia biológica y el proyecto de vida más estable. Es un procedimiento distinto que requiere cumplir requisitos legales específicos.
¿El menor tiene derecho a ser escuchado?
Sí. Según su edad y madurez, el menor debe ser oído en los procedimientos que le afecten. Sus opiniones son tenidas en cuenta, aunque no sean el único criterio.