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Abogados especialistas en custodia de hijos y pensión de alimentos

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En Castillo Castrillón Abogados ayudamos a madres y padres a resolver, defender y negociar todos los aspectos legales relacionados con la custodia de hijos menores y la pensión alimenticia.

La prioridad de nuestro despacho es proteger el interés superior de los menores y lograr acuerdos equitativos y duraderos entre los cónyuges.


¿Cuál es el procedimiento y los pasos habituales a seguir en un procedimiento contencioso?

  • Documentos necesarios
    Certificado de matrimonio y nacimiento de los hijos, empadronamiento de la unidad familiar, escrituras, justificantes de ingresos y gastos, pruebas de relación familiar.
  • Demanda judicial/inicio de proceso
    Se presenta la solicitud de medidas de custodia y alimentos exponiendo los hechos y circunstancias del matrimonio y el divorcio unida a procedimiento sumario de medidas provisionales.
  • Fase de negociación o mediación
    El tribunal puede proponer mediación; si se alcanza acuerdo, se homologa y toma fuerza legal.
  • Juicio de medidas provisionales
    Si hay conflicto, el juez acuerda medidas temporales para proteger a los menores.
  • Vista principal y sentencia
    El juez escucha a ambas partes, valora los informes de peritos o psicólogos y dicta resolución definitiva.
  • Ejecución y posteriores revisiones
    En caso de impago de pensión o incumplimientos, se acude al juzgado para reclamar, e incluso embargar bienes.

¿Cuál es el procedimiento y los pasos habituales a seguir en un procedimiento de mutuo acuerdo?

Previamente a la presentación de demanda, las partes negocian para alcanzar acuerdo de las medidas que han de regir las relaciones paternofiliales, quedando el resultado plasmado en el convenio Regulador.

Dicho documento deberá ser unido a la demanda judicial y únicamente deberá ser ratificado ante el Juzgado.

  • Custodia compartida
    Ambos progenitores participan activamente en el cuidado y convivencia habitual del menor, alternando tiempos de estancia y compromisos educativos.
  • Custodia exclusiva/monoparental
    Un progenitor asume el día a día del menor, mientras el otro suele tener un régimen de visitas, fines de semana, vacaciones y responsabilidad económica.
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Preguntas frecuentes sobre custodia de hijos y pensión de alimentos

¿La custodia compartida implica que no hay pensión de alimentos?

No. Si los ingresos de ambos progenitores no son equivalentes, el juez puede fijar una pensión que deberá abonar el progenitor que de mayor ingresos disponga, para equilibrar los gastos que ocasiona el cuidado de los menores.

¿Hasta qué edad se paga la pensión de alimentos?

No hay límite de edad, se deberá abonar mientras los hijos carezcan de independencia económica, estudien o tengan necesidades especiales, siempre y cuando su independencia no sea achacable al hijo.

¿Qué gastos cubre la pensión alimenticia?

Abarca alimentación, vivienda, ropa, sanidad, educación y otros gastos ordinarios. Los gastos extraordinarios deberán ser abonados por ambos progenitores, en atención al tipo de gasto del que se trate. 

¿Se pueden modificar las condiciones de custodia o pensión?

Sí. Ante un cambio relevante (económico, laboral, sanitario, traslado), se puede solicitar modificación judicial de las medidas.

¿Qué hacer si no se paga la pensión?

Es posible reclamar judicialmente los impagos e incluso solicitar el embargo de bienes o ingresos del progenitor incumplidor.