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Abogados especialistas en modificación de medidas económico-matrimoniales

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En Castillo Castrillón Abogados ayudamos a madres, padres y exparejas a adaptar las condiciones económicas y personales establecidas en su sentencia de divorcio o separación cuando la realidad familiar cambia.

Defendemos tus derechos ante el juzgado y negociamos nuevas medidas que reflejen tu situación actual y la de tus hijos.


¿Qué es la modificación de medidas económico-matrimoniales?

Es el proceso legal para actualizar o ajustar las medidas dictadas en una sentencia de divorcio o separación –como la pensión alimenticia, compensatoria, custodia, régimen de visitas o distribución de bienes–, ante un cambio sustancial, relevante y duradero en las circunstancias familiares, económicas o personales de los implicados.


¿Cuáles son los motivos más frecuentes para solicitar una modificación?

  • Pérdida o disminución sustancial de ingresos: Desempleo, caída de actividad profesional o reducción salarial de uno de los progenitores.
  • Mejoras económicas importantes: Nuevo empleo, herencia, ingresos sobrevenidos del excónyuge.
  • Cambio de domicilio o residencia: Traslado de ciudad, país o comunidad por motivos laborales o personales.
  • Modificaciones en la situación familiar: nacimiento de nuevos hijos, enfermedad o discapacidad sobrevenida.
  • Incumplimientos reiterados de la sentencia: Impago de pensiones, impedimento de visitas, ausencia de contacto u otros hechos que indiquen la necesidad de adaptación de medidas.
  1. Demanda de modificación de medidas
  2. Admisión a trámite y traslado a la otra parte
  3. Vista judicial
  4. Sentencia
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¿EN QUÉ ÁREA DE FAMILIA NECESITAS QUE TE AYUDEMOS?


Preguntas frecuentes sobre modificación de medidas económico-matrimoniales

¿Qué puede modificarse?

Pensiones de alimentos, custodia, régimen de visitas, pensión compensatoria, uso de la vivienda familiar y reparto patrimonial, en casos graves, inclusive el ejercicio de la patria potestad.

¿Se puede pedir el cambio de custodia si cambian las circunstancias?

Sí, si el nuevo contexto beneficia el interés del menor o se acredita que el régimen actual ya no es adecuado.

¿Puedo rebajar o suspender la pensión alimenticia si estoy en paro o enfermo?

Sí, previa justificación y con valoración judicial sobre la suficiencia del nuevo nivel de ingresos.

¿Cuánto tarda el procedimiento?

Depende del juzgado y la oposición de la otra parte, pero suele oscilar entre 3 y 6 meses en procesos sencillos.

¿Qué pasa si la otra parte se niega a colaborar?

El juez resolverá tras oír y valorar las pruebas de ambos. Es posible pedir medidas urgentes o provisionales.