Abogados especializados en Ley de Segunda Oportunidad
En Castillo Castrillón Abogados ayudamos a personas y autónomos en situación de insolvencia a liberarse definitivamente de sus deudas y empezar de cero.
Somos expertos en la Ley de la Segunda Oportunidad, con un índice de éxito sobresaliente en cancelación de deudas y defensa del patrimonio esencial.
¿Qué es la Ley de la Segunda Oportunidad?
Es un procedimiento legal y judicial que permite a personas físicas y autónomos cancelar total o parcialmente la mayoría de sus deudas cuando no pueden pagarlas, siempre que actúen de buena fe y cumplan los requisitos establecidos. Es la vía legal actual para dar una “segunda oportunidad” financiera y evitar la exclusión social y económica causada por la insolvencia.
Da el paso: solicita tu segunda oportunidad y comienza de nuevo
Contacta con Castillo Castrillón Abogados para un análisis gratuito y sin compromiso. Descubre, de forma realista, si puedes cancelar tus deudas y qué opciones existen para tu caso. Recupera tu tranquilidad y vuelve a empezar con el apoyo de abogados líderes en la Ley de la Segunda Oportunidad.
- Paralización inmediata de embargos, intereses y demandas.
- Cancelación definitiva de la mayoría de deudas.
- Posibilidad real de salir del fichero de morosos (ASNEF, RAI).
- Nuevo comienzo profesional y personal sin presiones económicas.
¿SOBRE QUÉ TIPO DE DEUDAS NECESITAS QUE TE ASESOREMOS?
- Ley de la Segunda Oportunidad La Ley de la Segunda Oportunidad es una herramienta legal que permite a particulares, autónomos y empresarios cancelar judicialmente sus deudas y empezar desde cero, siempre que actúen de buena fe y cumplan los requisitos legales (no haber sido condenado por delitos económicos y demostrar insolvencia real).
- Concurso de acreedores El concurso de acreedores es un proceso legal mediante el cual quien no puede pagar sus deudas solicita la protección judicial para negociar con acreedores y, si es necesario, solicitar la cancelación de deudas no satisfechas.
Preguntas frecuentes sobre la Ley de la Segunda Oportunidad
¿Quién puede acogerse?
Personas físicas y autónomos honestos, en situación de insolvencia real o inminente, que no han sido declarados culpables en concurso de acreedores ni han cometido delitos económicos graves en los últimos 10 años.
¿Qué deudas se pueden cancelar?
La mayoría: préstamos, tarjetas, microcréditos, avales, deudas con proveedores e impagos a particulares. Algunas deudas públicas pueden cancelarse parcialmente según la situación, pero no todas (por ejemplo, pensiones alimenticias y ciertas sanciones quedan excluidas).
¿Perderé mi vivienda habitual y mis bienes?
Se analiza cada caso. Si la vivienda está hipotecada y el valor de mercado es inferior a la deuda pendiente, suele ser posible conservarla o negociar su mantenimiento. Te asesoramos sobre la opción más ventajosa para proteger tu patrimonio vital.
¿Qué documentos y pasos requiere?
- Listado completo de deudas, acreedores y bienes.
- Certificados de ingresos, cuentas bancarias y vida laboral.
- Solicitud judicial (a través de abogado y procurador).
- Proceso de negociación previa (puede haber plan de pagos).
- Si la negociación falla, se acude al juez para la exoneración.
¿Cuánto dura el procedimiento?
De 6 meses a 1 año, dependiendo de la carga judicial y la colaboración de los acreedores.
¿Se cancelan para siempre mis deudas?
Sí, salvo que se demuestre mala fe en los 3 años siguientes (ocultación de bienes, ingresos no declarados).
¿Puedo volver a pedir créditos o tener cuentas bancarias tras la exoneración?
Sí, con un historial financiero limpio y sin deudas judiciales pendientes.