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Abogados especializados en Ley de Segunda Oportunidad

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En Castillo Castrillón Abogados ayudamos a personas y autónomos en situación de insolvencia a liberarse definitivamente de sus deudas y empezar de cero. 

Somos expertos en la Ley de la Segunda Oportunidad, con un índice de éxito sobresaliente en cancelación de deudas y defensa del patrimonio esencial.


¿Qué es la Ley de la Segunda Oportunidad?

Es un procedimiento legal y judicial que permite a personas físicas y autónomos cancelar total o parcialmente la mayoría de sus deudas cuando no pueden pagarlas, siempre que actúen de buena fe y cumplan los requisitos establecidos. Es la vía legal actual para dar una “segunda oportunidad” financiera y evitar la exclusión social y económica causada por la insolvencia.


Da el paso: solicita tu segunda oportunidad y comienza de nuevo

Contacta con Castillo Castrillón Abogados para un análisis gratuito y sin compromiso. Descubre, de forma realista, si puedes cancelar tus deudas y qué opciones existen para tu caso. Recupera tu tranquilidad y vuelve a empezar con el apoyo de abogados líderes en la Ley de la Segunda Oportunidad.

  • Paralización inmediata de embargos, intereses y demandas.
  • Cancelación definitiva de la mayoría de deudas.
  • Posibilidad real de salir del fichero de morosos (ASNEF, RAI).
  • Nuevo comienzo profesional y personal sin presiones económicas.
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¿SOBRE QUÉ TIPO DE DEUDAS NECESITAS QUE TE ASESOREMOS?


Preguntas frecuentes sobre la Ley de la Segunda Oportunidad

¿Quién puede acogerse?

Personas físicas y autónomos honestos, en situación de insolvencia real o inminente, que no han sido declarados culpables en concurso de acreedores ni han cometido delitos económicos graves en los últimos 10 años.

¿Qué deudas se pueden cancelar?

La mayoría: préstamos, tarjetas, microcréditos, avales, deudas con proveedores e impagos a particulares. Algunas deudas públicas pueden cancelarse parcialmente según la situación, pero no todas (por ejemplo, pensiones alimenticias y ciertas sanciones quedan excluidas).

¿Perderé mi vivienda habitual y mis bienes?

Se analiza cada caso. Si la vivienda está hipotecada y el valor de mercado es inferior a la deuda pendiente, suele ser posible conservarla o negociar su mantenimiento. Te asesoramos sobre la opción más ventajosa para proteger tu patrimonio vital.

¿Qué documentos y pasos requiere?
  • Listado completo de deudas, acreedores y bienes.
  • Certificados de ingresos, cuentas bancarias y vida laboral.
  • Solicitud judicial (a través de abogado y procurador).
  • Proceso de negociación previa (puede haber plan de pagos).
  • Si la negociación falla, se acude al juez para la exoneración.
¿Cuánto dura el procedimiento?

De 6 meses a 1 año, dependiendo de la carga judicial y la colaboración de los acreedores.

¿Se cancelan para siempre mis deudas?

Sí, salvo que se demuestre mala fe en los 3 años siguientes (ocultación de bienes, ingresos no declarados).

¿Puedo volver a pedir créditos o tener cuentas bancarias tras la exoneración?

Sí, con un historial financiero limpio y sin deudas judiciales pendientes.