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Abogados especializados en concurso de acreedores para personas físicas y autónomos

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En Castillo Castrillón Abogados acompañamos a particulares, autónomos y pequeños empresarios en todo el proceso de concurso de acreedores, la vía más eficaz para frenar embargos, suspender reclamaciones y cancelar deudas inasumibles. 

Te asesoramos de principio a fin con claridad, confianza y experiencia.


¿Qué es el concurso de acreedores para particulares y autónomos?

Es un procedimiento judicial orientado a personas sobreendeudadas o en situación de insolvencia que no pueden asumir el pago regular de sus deudas. Permite reestructurar los pagos, liquidar de forma ordenada los bienes, negociar con acreedores y optar a la exoneración definitiva de la deuda (segunda oportunidad).

  • Paralización inmediata de embargos y reclamaciones judiciales.
  • Exoneración (cancelación) definitiva de la mayoría de las deudas.
  • Protección de la vivienda y medios esenciales de vida.
  • Cierre de procedimientos y opción de reemprender o continuar la actividad como autónomo.
  • Asesoría fiscal y defensa ante Hacienda y Seguridad Social.
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¿SOBRE QUÉ TIPO DE DEUDAS NECESITAS QUE TE ASESOREMOS?


Preguntas frecuentes sobre el concurso de acreedores

¿Quién puede solicitar el concurso de acreedores?

Cualquier persona física, autónomo o pequeño empresario con insolvencia actual o inminente y voluntad real de liquidar ordenadamente sus deudas.

¿Qué fases tiene el proceso?
  1. Preparación documental y solicitud ante el juzgado (listado de bienes y deudas, certificados bancarios, contratos).
  2. Declaración de concurso, comunicación de créditos y suspensión de embargos/ejecuciones.
  3. Nombramiento, si procede, de administrador concursal.
  4. Negociación de plan de pagos o, si no es viable, liquidación de bienes.
  5. Solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho y definitivo cierre del procedimiento.
¿Puedo conservar mi vivienda habitual o negocio?

En muchos casos sí, especialmente si se puede demostrar la utilidad del bien para la vida o la actividad mercantil y negociar un plan de pagos con los acreedores.

¿Qué deudas pueden exonerarse?

Casi todas, excepto pensiones de alimentos, multas penales o responsabilidades civiles derivadas de delitos. Algunas deudas públicas pueden exonerarse parcialmente según criterios recientes.

¿Cuál es la diferencia entre concurso de persona física y de empresa?

El de particulares/autónomos busca una solución más humanizada: permite la continuidad laboral o mercantil y protege bienes esenciales, frente a la liquidación forzosa y cierre habitual de las empresas.

¿Qué ocurre cuando no existen bienes para repartir?

Se tramita un “concurso sin masa”, más ágil y económico, para evitar gastos innecesarios al deudor.

¿Cuánto tarda el proceso y qué coste tiene?

Suele durar de 6 a 16 meses. El coste es proporcional a la complejidad, pero siempre se pacta previamente y es posible dividirlo en plazos cómodos.

¿Afecta a mi futuro financiero?

Durante un tiempo, tu historial crediticio aparecerá como concursado, pero tras el cierre y la exoneración puedes comenzar de nuevo, abrir cuentas y acceder al sistema financiero con normalidad.