Skip to content

Abogados especialistas en despidos nulos, disciplinarios e improcedentes

ico-prod-laboral

En Castillo Castrillón Abogados asesoramos y defendemos a trabajadores y empresas en todo tipo de despidos, garantizando la máxima protección de derechos, correcta tramitación y la obtención de indemnizaciones justas o la readmisión del empleado. 

Analizamos cada situación de manera personalizada para conseguir la mejor solución, dentro o fuera de los tribunales.

¿Qué tipos de despidos hay y cuáles son sus implicaciones?

Despido nulo

  • Se reconoce la nulidad cuando con el despido se vulneran derechos fundamentales o existe discriminación (maternidad, baja por riesgo, afiliación sindical, etc.).
  • La sentencia ordenará la readmisión inmediata del trabajador y el abono de los salarios dejados de percibir durante el tiempo de tramitación.

Despido disciplinario

  • Resultado de faltas graves y culpables del trabajador (absentismo injustificado, indisciplina, abuso de confianza, etc.).
  • No existe derecho a indemnización, pero sí a finiquito.
  • Es impugnable si no se cumplen los requisitos formales o no hay prueba suficiente de la falta que se imputa al trabajador.

Despido improcedente

  • Se decreta cuando el despido no se ajusta a las causas legales o la empresa incumple las formalizades al notificar el despido al trabajador.
  • El trabajador tiene derecho a una indemnización correspondiente a 33 o 45 días de salario con un máximo de 12 o 24 mensualidades, según su antigüedad, e, inclusive a una indemnización por daños morales según el supuesto de despido o a la readmisión, a criterio de la empresa. Únicamente quedará a criterio del trabajador elegir entre la indemnización o readmisión de ser el trabajador representante de los trabajadores. 
laboral-marron

¿EN QUÉ ÁREA LABORAL NECESITAS QUE TE AYUDEMOS?


Preguntas frecuentes sobre despidos nulos, disciplinarios e improcedentes

¿Cómo saber si mi despido es nulo, disciplinario o improcedente?

Es imprescindible revisar la carta de despido, las causas alegadas, posibles situaciones de discriminación o vulneración de derechos fundamentales, y los procedimientos seguidos por la empresa.

¿Tengo derecho a indemnización?

En despidos improcedentes y nulos, sí. En disciplinarios no, salvo que se declare improcedente tras impugnación judicial o acuerdo.

¿Qué plazo tengo para reclamar un despido?

Solo 20 días hábiles para impugnarlo ante el juzgado de lo social.

¿Cómo es el procedimiento para reclamar un despido?

1. Revisión y valoración de la documentación por el abogado.
2. Conciliación administrativa previa en el SMAC.
3. Si no hay acuerdo, demanda judicial laboral.

¿Puede la empresa despedirme durante una baja médica o por baja maternal?

No, salvo causas objetivas y debidamente justificadas. De lo contrario, el despido será nulo.