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Abogados especialistas en delitos de conducción temeraria

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En Castillo Castrillón Abogados defendemos a conductores acusados de conducción temeraria y otras infracciones graves de tráfico. 

Nuestra experiencia y especialización penal nos permite analizar cada caso y buscar las mejores alternativas para proteger tus derechos, tu carnet y tu historial.


¿Qué se considera conducción temeraria?

La conducción temeraria implica manejar un vehículo de manera que se ponga en peligro la vida, la integridad física o los bienes de otras personas. Puede ser por exceso de velocidad, maniobras imprudentes, adelantamientos indebidos o desobediencia deliberada de señales de tráfico.

Además, puede haber aumentos de las sanciones si se producen accidentes, lesiones, fallecimientos o reincidencia.

  • Prisión
    6 a 24 meses en los casos más graves
  • Multas económicas
    Considerables según la gravedad y los daños ocasionados
  • Retirada del permiso de conducir
    Suspensión temporal o definitiva
  • Antecedentes penales
    Afectando empleo, viajes o reputación

Preguntas frecuentes sobre delitos de conducción temeraria

¿Qué pruebas se utilizan para acusar de conducción temeraria?

Testimonios policiales, informes técnicos, grabaciones de cámaras, radares, periciales de tráfico y declaración de testigos.

¿Puede evitarse la retirada de carnet o la prisión?

Sí, a través de defensa experta, impugnación de pruebas, alegación de circunstancias especiales y negociación con la Fiscalía puede evitarse o reducirse la sanción.

¿Es defensa que existiera una emergencia?

En situaciones justificadas y acreditadas de urgencia médica, seguridad o fuerza mayor puede alegarse reducción o exención de responsabilidad.

¿Las multas se pueden sustituir por trabajos comunitarios?

Dependiendo del tipo de sentencia y circunstancias personales, la defensa puede solicitar suspensiones o fraccionamientos del pago.

¿Un error de procedimiento policial puede anular el caso?

Sí, irregularidades en la detención, control o recogida de pruebas técnicas pueden suponer absolución o nulidad de actuaciones.